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Formas de
Actuación |
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La actuación del IGD en las
IMIs puede ser mediante el apoyo financiero de una
Reestructuración o del Pago de la Garantía
de Depósitos a los ahorradores
de la IMI, de acuerdo al límite legal. |
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Los
elementos principales de cada una de ellas se
resumen a continuación :
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1.
Reestructuración |
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La reestructuración de una IMI
consiste en un conjunto de
acciones que pretenden
que la IMI honre, en la medida que sus activos se lo
permitan, el 100% de las obligaciones con sus
depositantes. Para desarrollar esta reestructuración,
la Ley (Art.93,
Ley de Bancos) ha determinado varias formas,
de entre las cuales se destaca la denominada
exclusión de Activos y Pasivos.
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Mediante esta
acción, la SSF
ordena separar del patrimonio de la IMI, los activos
de mejores condiciones para su posterior
realización. Esta exclusión puede materializarse por
medio de la venta parcial o total de la IMI a otra
IMI, o en su caso mediante el traspaso de esa masa
excluida a un Fideicomiso, formado para tales
efectos.
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La
participación del IGD está orientada a que los
depositantes de la IMI en reestructuración, puedan
recuperar la mayor cantidad de sus depósitos a
través del apoyo financiero que pueda otorgar. Para
estas actividades el IGD cuenta con una serie de
manuales y herramientas que permitirán una
intervención de mayor efectividad y de beneficio
para los depositantes.
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2. Pago de
Garantía de Depósitos |
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Cuando el IGD decide, en base
al
estudio del menor costo, no participar apoyando una
reestructuración y no existe ninguna otra opción
para que la IMI pueda superar sus problemas, el IGD
procede a pagar a cada titular de los depósitos de
una IMI, de acuerdo a lo establecido en la
Ley de Bancos(Art.92,
Ley de Bancos),
hasta la cantidad máxima definida como garantía de
depósitos. |
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Concepto de
Garantía de Depósitos |
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Beneficio especial de derecho
público con el que están protegidos los depósitos
que los titulares de las cuentas poseen en una IMI |
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El monto actual de la garantía
de depósitos es de US $9,800 o su equivalente en
colones. Este monto estará vigente hasta 31 de
diciembre del 2,013, en el año
2,013 será ajustado
nuevamente de acuerdo a la variación en el Índice
de precios al consumidor a esa fecha. |
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Depósitos que se
consideran Garantizados |
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Depósitos en cuenta corriente |
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Depósitos en cuenta de ahorros |
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Depósitos a plazo |
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Depósitos que no se consideran
garantizados |
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Los certificados de depósito al
portador o que no permitan identificar a su titular. |
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Los depósitos que fueron realizados
por los siguientes sujetos. |
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Las instituciones autorizadas para
captar depósitos u operar como bancos, de acuerdo
con las leyes. |
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Las sociedades que pertenecen al
conglomerado financiero o
grupo empresarial
de la IMI. |
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Las personas relacionadas con la IMI. |
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Las sociedades que administran
recursos de terceros bajo la forma de patrimonios
autónomos, o cualquier otra figura semejante cuando
los depósitos pertenezcan a dichos patrimonios. |
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Las personas a las que se les
demuestre judicialmente una relación con el lavado
de activos. |
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De igual manera no
están garantizados los depósitos que sobrepasen el
límite máximo de la garantía establecida; es decir,
aquellos que perteneciendo a un mismo titular, su
suma total supere el límite vigente a la época de
desarrollarse el proceso de pago.
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Proceso de Reclamo y Pago de Garantía
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El proceso de reclamo y pago de
garantía, es el conjunto de acciones que el IGD
debe realizar, para hacer efectivo el pago del valor
de la garantía de depósitos, establecida en la Ley de
Bancos como derecho de los depositantes de una IMI
cerrada.
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En este trámite el Instituto de forma directa o por
medio de sus delegados se interrelaciona
principalmente con los titulares de las cuentas,
(quienes derivan algún derecho de estos o sus
representantes) para obtener de los mismos, la
información que le permita comprobar y documentar
la certeza de la identidad del reclamante, su
coincidencia o relación con quien posee el derecho a
la garantía, y recopilar la documentación requerida
por la Ley de Bancos como requisito documental para
hacer efectivo el pago. |
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